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Divorcio · Granada

Liquidación de la sociedad de gananciales en Granada: vivienda, cuentas y deudas

Os vais a divorciar y toca repartir: la casa, las cuentas, el coche… y la hipoteca. Pues que sepas que, salvo que lleguéis a un acuerdo, el divorcio no reparte nada por sí solo. Se trata de un procedimiento independiente. Te cuento cómo se liquidan los gananciales y cómo evitar los errores que luego se pagan caros.

Pablo Romero, abogado de liquidación de gananciales en Granada
Colegiado nº 06055 Ilustre Colegio de Abogados de Granada
5,0
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Respuesta directa

¿Qué es la liquidación de la sociedad de gananciales?

Si os casasteis sin pactar otro régimen (salvo en determinadas zonas de España), vuestros bienes se rigen por la sociedad de gananciales: lo que se ha ganado y comprado durante el matrimonio es de los dos. Cuando os divorciáis, esa sociedad se disuelve, y liquidarla es hacer el inventario de todo lo que hay (bienes y deudas), valorarlo y repartirlo. En Granada, como en toda Andalucía, los gananciales son el régimen que se aplica si no pactasteis otro.

El divorcio no hace ese reparto por sí solo. Se puede resolver en el convenio regulador, ante notario o, si no hay acuerdo, en el juzgado, en un procedimiento independiente. En Granada, cuando no hay acuerdo, decide el juzgado de familia.

Diferencia

Disolución y liquidación: no son lo mismo

01 · Primero

Disolución.

Es el momento en que termina la sociedad de gananciales. Ocurre con el divorcio, pero también si se pacta otro régimen o por otras causas.

→
02 · Después

Liquidación.

Es lo que viene después: hacer inventario del activo y pasivo, valorar los bienes y repartir.

Quedarse en la disolución sin liquidar deja los bienes en una situación en la que cualquier decisión (usar, vender, hipotecar, heredar) necesita el acuerdo de los dos (además de otros muchos problemas). Vamos, que seguís atados. Por eso te recomiendo cerrarla.

Qué se reparte

Qué entra en el reparto y qué no

Se reparten

Bienes gananciales.

Lo que es de los dos.

✓

Lo obtenido con el salario.

✓

Lo comprado con esos ingresos.

✓

Los frutos, rentas o intereses que den bienes privativos o gananciales.

✓

Etc.

Por regla general, lo que se compra durante el matrimonio se presume ganancial.

No se reparten

Bienes privativos.

Lo que es de cada uno.

✕

Lo que existiera con carácter previo al comenzar la sociedad.

✕

Lo adquirido gracias a bienes privativos.

✕

Lo que se consiga a título gratuito (herencias, donaciones).

✕

Ropa y objetos de uso personal.

✕

Los instrumentos necesarios para la profesión u oficio.

A veces lo privativo y lo ganancial se «mezclan»: dinero de una herencia que se ingresa en una cuenta común, hipoteca privativa que se paga con el sueldo de los dos… Liquidar una sociedad de gananciales es muy complicado. Es necesario que recurras a un experto.

Si os casasteis con separación de bienes, no hay sociedad de gananciales que liquidar; se trata de otra forma.

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Pasos

Cómo se liquida la sociedad de gananciales, paso a paso

1

Inventario. Se listan los bienes y deudas que tengan carácter ganancial (ojo, que ya implica dejar fuera todo lo privativo): vivienda, cuentas, vehículos, hipotecas, préstamos, etc.

2

Compensaciones. En el inventario, como deudas, se tienen que incluir las compensaciones a uno de los cónyuges por el dinero que hubiera puesto privativo.

3

Valoración. Se pone valor a cada bien. Aquí es muy importante diferenciar el momento de compra y el de la valoración, porque hay bienes que se deprecian (como los coches) o que incrementan su valor (como el dinero o la vivienda).

4

Adjudicación. Se decide quién se queda con qué. Y si hay exceso de adjudicación en los lotes, se realizan compensaciones económicas.

5

Formalización. Todo esto tiene que quedar reflejado por escrito: si es de mutuo acuerdo, a través de un convenio regulador (que luego llevarás al notario o al juzgado para que se homologue). Si no hay acuerdo, toca tramitar el procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales.

Sin liquidar

¿Qué ocurre con los bienes si nos divorciamos y no hacemos la liquidación?

Es lo que se llama la «comunidad postganancial». Hasta que no haya un convenio o una sentencia, tenéis que entenderos y repartiros el uso de los bienes como buenamente consigáis en la práctica. De ahí la importancia de coger cuanto antes el toro por los cuernos.

Un ejemplo

Imagina una vivienda comprada durante el matrimonio con una hipoteca que pagáis entre los dos. Uno quiere quedarse con la casa. Hay que valorar la vivienda a día de hoy, restar lo que queda de hipoteca, ver si alguno puso dinero privativo y decidir cómo compensa al otro. El que se queda con la casa también se queda con la hipoteca, por lo que toca negociar con el banco. Muchas veces, la única opción es venderla a un tercero.

Vivienda

Qué pasa con la vivienda familiar y la hipoteca

Casi siempre es el bien más importante. Y esto no es como un pastel, que se puede dividir en trozos (salvo que sea un casoplón con cocinas y baños para dar y regalar). Hay tres salidas habituales:

01

Uno se queda con la casa

y compensa al otro por su parte, asumiendo la hipoteca.

02

Se vende y se reparte

lo que quede después de pagar el préstamo.

03

Se mantiene en copropiedad

Suele ocurrir en supuestos de «casa nido». Mantener la copropiedad es la opción que da más problemas.

Ojo: el convenio entre vosotros no obliga al banco. Si uno asume la hipoteca, hay que hablar con la entidad para cambiar la titularidad o cancelarla; si no, los dos siguen debiendo.

Quedarse a vivir en la casa no es lo mismo que ser su dueño. El uso de la vivienda familiar (por ejemplo, para vivir con los hijos) es independiente de a quién pertenezca.

Deudas

Y las deudas

Las deudas contraídas por el bien de la familia (hipoteca, préstamos para gastos comunes) se tienen en cuenta en la liquidación y se reparten. Pero repartirlas entre vosotros no cambia lo que debes al banco.

01

Deudas familiares

Hipoteca y préstamos para gastos comunes: se tienen en cuenta y se reparten.

02

Frente al banco

Quien firmó sigue obligado, aunque en el reparto se haya acordado otra cosa.

03

Deudas personales

Si son deudas que no beneficiaban a la familia, tendrán que ser compensadas por quien las adquirió.

Antes de firmar nada, ten claro qué deuda es de quién y cómo se va a pagar.

Cuéntame tu caso →

Vías

Tres vías para liquidar

01

En el convenio regulador.

Si durante el divorcio llegáis a un acuerdo, lo podéis reflejar en el convenio regulador.

02

Ante notario.

Tras el divorcio, podéis alcanzar un acuerdo e ir al notario.

03

En el juzgado.

Si no llegasteis a un acuerdo en el divorcio, podéis acudir a un procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales.

Errores habituales

Errores que conviene evitar al liquidar los gananciales

01

Pensar que el divorcio reparte los bienes. No lo hace: hay que liquidar.

02

Dejarla para más adelante sin motivo. A veces tiene sentido aparcarla para no echar más leña al fuego en pleno divorcio. Pero una vez divorciados, lo mejor es coger el toro por los cuernos. Si no, todo se complica.

03

Olvidar bienes o cuentas que luego aparecen y obligan a repetirlo. Ojo, olvidar o «esconder», que hay que estar muy atento a si la otra parte oculta algo.

04

No documentar el dinero privativo puesto en la vivienda o en la familia.

05

Cerrar el reparto de la casa sin hablar con el banco.

06

Firmar un reparto desigual sin mirar sus efectos fiscales. Revísalo antes de firmar.

07

Confundir uso y propiedad de la vivienda.

Guías

Para profundizar

Todos los artículos →

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la liquidación de gananciales

01

¿Qué es la liquidación de la sociedad de gananciales?

Pues es el inventario, la valoración y el reparto de los bienes y deudas del matrimonio cuando la sociedad de gananciales termina.

02

¿El divorcio liquida los gananciales?

No. El divorcio disuelve la sociedad, pero el reparto hay que hacerlo aparte: en el convenio, ante notario o en el juzgado.

03

¿Qué diferencia hay entre disolución y liquidación?

La disolución es cuando termina la sociedad; la liquidación es el reparto de bienes y deudas que viene después.

04

¿Qué pasa con la vivienda en la liquidación?

Puede quedársela uno compensando al otro, venderse y repartirse, o mantenerse en copropiedad con un pacto. Si hay hipoteca, hay que tratarla con el banco.

Atribución del uso de la vivienda →
05

¿Qué pasa con las deudas?

Las deudas familiares se tienen en cuenta y se reparten, pero frente al banco sigue obligado quien firmó. Las deudas personales suelen quedar a cargo de cada uno.

06

¿Se puede liquidar la sociedad de gananciales ante notario?

Sí, si estáis de acuerdo en todo. Se firma una escritura de liquidación.

Divorcio exprés y notarial →
07

¿Prescribe la liquidación de gananciales?

A priori no prescribe, pero no lo dejes estar mucho tiempo, que solo dará problemas.

08

¿Qué ocurre con los bienes si nos divorciamos y no hacemos la liquidación?

Es lo que se llama la «comunidad postganancial». Hasta que no haya un convenio o una sentencia, tenéis que entenderos y repartiros el uso de los bienes como buenamente consigáis en la práctica. De ahí la importancia de coger cuanto antes el toro por los cuernos.

Pablo Romero abogado especialista en divorcio express en granada mirando abajo

Por qué Pablo

¿Por qué puedes confiar en Pablo Romero?

Más de 18 años y más de 1.000 juicios

en derecho de familia.

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Reparto a medida,

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Colegiado n.º 06055 del ICAGR,

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222 reseñas en Google

“Mi problema era una modificación de medidas en mi divorcio y, gracias a su estupendo trabajo, el resultado ha sido muy satisfactorio. Tengo que valorar su gran talento, tacto y humanidad para llevar estos temas de familia que pueden ser tan dolorosos.”

Ana María Reyes Rodríguez · Google

“Me ha llevado el divorcio y hemos conseguido un acuerdo satisfactorio, bueno tanto para mí como para mis hijos. Todo gracias a la cautela y tranquilidad que te da Pablo.”

Miguel Ángel Molina Ortiz · Google

“Pablo me ha llevado un caso de divorcio y estoy muy satisfecho de su profesionalidad y buen hacer, así como de su comprensión en este proceso. Un trato excelente y personal, con un lenguaje muy claro para personas ajenas al argot jurídico.”

Manuel Cecilio Feria · Google

Contacto

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¿Tenéis una casa, una hipoteca o cuentas en común? Cuéntame qué hay y te explico cómo se puede repartir.

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Av. Divina Pastora, 7, local 8 B
18012 Granada

858 28 01 98 pablo@miabogadodeconfianza.es
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