Pensión de alimentos · Granada
Abogado de pensión de alimentos en Granada: cálculo, actualización e impago
Tener un hijo es lo más bonito que te puede pasar. Pero un gran poder conlleva una gran responsabilidad: darle alimentos. No hay peros ni excusas que valgan. Te cuento cómo se calcula la pensión, qué incluye, cuándo se actualiza y qué hacer si no se paga.
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Respuesta directa
¿Qué es la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos es la cantidad que paga un progenitor para cubrir las necesidades de los hijos: vivienda, comida, ropa, salud, educación y gastos del día a día. Se fija en el convenio regulador si hay acuerdo, o la fija el juez en la sentencia. No hay una cuantía única: depende de lo que necesitan los hijos y de lo que puede aportar cada progenitor.
Es una obligación hacia los hijos, no una pensión entre los padres. Y no hablamos solo de comida. Tampoco hay que confundirla con la pensión compensatoria, que es otra película.
Pensión compensatoria →Qué incluye
Qué incluye la pensión de alimentos
El Código Civil entiende por alimentos todo lo necesario para que el hijo viva y se desarrolle. En la práctica incluye:
Vivienda y suministros: el techo y lo que cuesta mantenerlo.
Alimentación y ropa.
Salud: todos los gastos médicos que sean habituales y previsibles.
Educación: matrícula, material escolar, uniformes.
Los gastos ordinarios del día a día. Los gastos que salen de lo normal tienen su propio tratamiento (ver más abajo).
Qué entra exactamente y qué se paga aparte se puede dejar por escrito en el convenio. Si no se concreta, cada año surgen discusiones.
Convenio regulador →Cálculo
Cómo se calcula la pensión de alimentos
No hay una fórmula ni un porcentaje fijo. La ley dice que la cuantía debe ser proporcional a los medios de quien paga y a las necesidades de quien recibe. El juez (o vosotros, en el convenio) lo ajusta a cada caso. Es lo que hacen también los juzgados de familia de Granada: cada caso, con sus números.
Qué se mira
Lo que necesitan los hijos, según su edad y sus gastos reales.
Los ingresos y el patrimonio de cada progenitor, no solo el sueldo.
Con quién viven los hijos y cuánto tiempo está cada uno con ellos. Con custodia compartida el reparto cambia.
Quién tiene el uso de la vivienda familiar, que afecta a lo que le queda a cada uno.
Otras cargas: otros hijos, hipoteca, deudas fijas.
Tablas orientadoras
Los jueces usan como referencia las tablas orientadoras que publica el Consejo General del Poder Judicial, y el propio CGPJ ofrece una calculadora. Son una orientación, no obligan, y no recogen todos los casos.
Una calculadora te da una cifra de partida. Para saber si es razonable en tu caso, te recomiendo que alguien revise tus datos reales. Si quieres, lo revisamos en mi despacho de Granada.
Gastos extraordinarios
Gastos extraordinarios: qué son y quién los paga
Son los gastos necesarios que no se pueden prever. Sabes que tu hijo tiene que comer (ordinario), pero no sabes si se le va a picar una muela o va a necesitar gafas (extraordinario).
Tiene que ser necesario. Si necesita gafas no es discutible. No se trata de un capricho.
Tiene que ser imprevisible. Si se trata de un gasto previsible (como el material escolar) entra dentro de los gastos ordinarios.
Lo que evita problemas es dejar escrito en el convenio qué se considera extraordinario y cómo se avisa y se justifica.
Convenio regulador →Actualización
Actualización de la pensión de alimentos (IPC)
La pensión de alimentos es una deuda valor y siempre se actualiza por años (generalmente conforme al IPC).
Duración
Desde cuándo y hasta cuándo se paga la pensión de alimentos
Desde cuándo.
Generalmente, desde que se firma el convenio o se presenta la demanda.
Cuándo se paga.
Cada mes, en la forma que fije el convenio o la sentencia (por ejemplo, por adelantado, los primeros días).
Mayoría de edad.
La pensión no se acaba automáticamente cuando el hijo cumple 18 tacos. Sigue mientras no tenga ingresos propios y esté haciendo un esfuerzo real por formarse o buscar trabajo.
Hijos que ni estudian ni trabajan.
Si el hijo no se forma ni busca trabajo por su culpa, se puede pedir que se extinga. Cada caso se valora con sus pruebas.
Hijos que no quieren tener trato con su progenitor.
Si el hijo se niega a relacionarse con el progenitor que paga la manutención, en determinados casos, se puede solicitar la extinción de los alimentos.
Ojo: para extinguir o reducir la pensión hay que pedirlo al juez; no vale con dejar de pagar. Es como el casero al que el inquilino no le paga: por mucha razón que tenga, no puede cambiar la cerradura. Lo tiene que decidir un juez.
Modificación de medidas →Casos especiales
Casos que generan más dudas
Custodia compartida.
Compartir el tiempo no elimina automáticamente la pensión: depende de los ingresos de cada uno y de los gastos que asume cada uno.
Sin sentencia ni convenio.
Si los padres no están casados, o nunca se fijó, se puede pedir al juez que establezca la pensión.
El obligado no trabaja o no tiene ingresos.
No lo exime de pagar: el juez valora su capacidad real, no solo su nómina, porque hecha la ley, hecha la trampa. Si de verdad no puede pagar, se puede pedir ajustarla.
¿Tu caso es distinto? Cuéntamelo.
Cuéntame tu caso →Si no se paga
Qué hacer si no se paga la pensión de alimentos
Si el otro progenitor deja de pagar, o paga menos de lo fijado, no lo dejes estar. Toca plantear una ejecución de sentencia.
Tres vías
Fijar, cambiar o reclamar la pensión de alimentos
Fijarla.
En el convenio si hay acuerdo; en la sentencia si no.
Cambiarla.
Si cambian de forma importante los ingresos, las necesidades o la custodia.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la pensión de alimentos
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
Pues no hay un porcentaje fijo. Se calcula según lo que necesitan los hijos y lo que puede aportar cada progenitor, con las tablas orientadoras del CGPJ como referencia.
Cómo se calcula →¿Qué incluye la pensión de alimentos?
Vivienda, comida, ropa, salud, educación y los gastos ordinarios de los hijos. Los gastos extraordinarios se tratan aparte.
¿Se actualiza la pensión de alimentos cada año?
Siempre. Así que tienes derecho a reclamar la actualización.
¿Desde cuándo se paga la pensión de alimentos?
En general, desde que se firma el convenio o desde que se presenta la demanda.
¿Se extingue la pensión de alimentos cuando el hijo cumple la mayoría de edad?
No, no se acaba automáticamente. Sigue mientras el hijo no tenga ingresos propios y esté formándose. También se puede solicitar la extinción por falta de formación o negarse a tener trato con el progenitor.
Modificación de medidas →¿Hay pensión de alimentos con custodia compartida?
Sí, puede haberla. Depende de los ingresos de cada progenitor y de los gastos que asume cada uno, no solo del reparto de tiempos.
Custodia compartida →¿Puedo dejar de pagar la pensión si no tengo trabajo?
No por decisión propia. Hay que pedir al juez que la modifique o la suspenda. Mientras tanto, la obligación sigue.
Modificación de medidas →¿Qué pasa si el otro no paga la pensión?
Pues se reclama al juzgado lo fijado. Y no lo dejes pasar: cuanto antes, mejor.
Impago de la pensión de alimentos →Guías
Para profundizar
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